Gobierno
Ordenan a Congreso expedir una Ley de solución de controversias

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó al Congreso de la Unión expedir a la brevedad posible la Ley General en Materia de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias, con excepción de la materia penal.
La Segunda Sala del máximo tribunal del País estableció que el Legislativo ya excedió los 180 días naturales que tenía para expedir la norma referida, plazo que fue establecido en el artículo segundo transitorio de la reforma constitucional publicada el 5 de febrero de 2017.
«Se resaltó que los artículos transitorios de un decreto de reforma constitucional forman parte integral de la Constitución, pues en ellos se precisan los lineamientos provisionales o de tránsito para el funcionamiento de la norma», dijo la Corte.
«Por lo que, si en el artículo segundo transitorio del decreto de reforma constitucional se estableció un plazo para expedir la legislación general, se trata de un mandato expreso para el Congreso de la Unión».
Por lo anterior, por unanimidad, los ministros de la sala otorgaron el amparo a la Asociación de Profesionistas en Defensa del Estado de Derecho A.C. contra la omisión del Congreso de la Unión para expedir la citada Ley, conforme al plazo dispuesto en el decreto de reforma.
El efecto de este amparo, cuyo proyecto de sentencia fue elaborado por el ministro Luis María Aguilar, es que el Poder Legislativo atienda el principio de supremacía constitucional, proteja el derecho de acceso a la justicia e inicie el proceso legislativo correspondiente de manera prioritaria.
La reforma en cuestión adicionó, entre otras, la fracción XXIX-A al artículo 73 de la Constitución, que faculta al Congreso para expedir la Materia de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias, con excepción de la materia penal.

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