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Analizan cambios constitucionales a la igualdad de género en México
Analizan cambios constitucionales a la igualdad de género en México
¿El Estado ha cumplido con su deber de garantizar a las mujeres una vida libre de violencias?, ¿funcionan las fiscalías especializadas para las mujeres?, ¿los gabinetes paritarios son una realidad? La edición más reciente del “Radar de la democracia y la justicia” expone los principales cambios que trajo consigo la Reforma en Igualdad Sustantiva aprobada en noviembre de 2024.
La reforma constitucional en materia de igualdad sustantiva, perspectiva de género, violencias contra las mujeres y brecha salarial, propuesta por la presidenta de México, Claudia Sheinbaum, y publicada en el Diario Oficial de la Federación el 15 de noviembre de 2024, es analizada en la edición más reciente del Radar de la democracia y la justicia (número 4), publicada por el Laboratorio para el Estado de Derecho e Incidencia Pública del ITESO.
Entre las modificaciones a los artículos de la Constitución, la reforma estableció el deber del Estado de proteger a las mujeres y el derecho a vivir una vida libre de violencia (artículo 4); la paridad de género en los diferentes cargos de la administración pública federal, estatal y municipal (artículo 41), y la obligación de contar con fiscalías especializadas para investigar las violencias de género contra las mujeres (artículo 116).
La propuesta presidencial también obliga al Congreso de la Unión a legislar para reducir la brecha salarial de género (artículo 123) y establece la obligación de los organismos de seguridad pública del país a actuar bajo el criterio de perspectiva de género (artículo 21).
A un año y medio de su publicación oficial, la reforma en igualdad sustantiva sigue siendo pertinente para abordar los graves problemas de violencia que continúan viviendo las mujeres mexicanas. Cada día se presentan 10.6 feminicidios (Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública), tan solo en 2025 hubo 80 mil 525 mujeres víctimas de lesiones dolosas (récord histórico). También se presentaron casi 13 mil denuncias por acoso sexual entre enero de 2025 y enero de 2026.
A esto se suma que algunos de los mandatos aprobados a finales de 2024 siguen sin trasladarse a la realidad. Por ejemplo, en algunos estados el decreto de las fiscalías especializadas (Artículo 116) no se ha materializado en instituciones efectivas o con recursos suficientes para afrontar los casos de violencia contra las mujeres, de allí la incidencia de casos reflejados en las cifras citadas.
«Los hechos demuestran que se están debilitando estas instituciones», declara Lorena Vázquez Correa, autora de esta edición del Radar y profesora del Departamento de Estudios Sociopolíticos y Jurídicos del ITESO. «Las mujeres siguen siendo víctimas de la violencia en muchos aspectos y la reforma es sensible a esa realidad».
Según datos del Censo Nacional de Procuración de Justicia Estatal y Federal 2025 del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), hay 104 agencias o fiscalías especializadas en feminicidio en México, una cifra menor a la que había en 2024.
Los cambios constitucionales en igualdad sustantiva enfrentaron fuertes críticas legislativas. La primera de ellas es la falta de sanciones por incumplimiento de la ley, lo que ha generado que la paridad en la función pública no se cumpla en entidades como Chihuahua, cuyo gabinete estatal está conformado por 15 hombres y dos mujeres. En síntesis, la reforma solo depende de la voluntad de los actores políticos para cumplirla, sin castigo legal en caso de no hacerlo.
Una segunda crítica a la reforma de Sheinbaum fue que se quitó la paridad de género en organismos autónomos como el Banco de México (Banxico) o la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), algo que sí se incluyó en la reforma anterior de junio de 2019 y que derivó en que hoy haya mujeres presidiendo estas instituciones como Victoria Rodríguez Ceja (primera gobernadora de Banxico desde su creación en 1925) o Guadalupe Taddei (Instituto Nacional Electoral).
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