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Oaxaca

Aprueban reformas a Ley de Turismo de Oaxaca para atender la gentrificación; es falso que regule las plataformas digitales de hospedaje

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La 65 Legislatura del Congreso de Oaxaca aprobó, con 34 votos a favor, reformas a la Ley de Turismo del estado para atender “el fenómeno de la gentrificación”; pero es falso que regule a las plataformas digitales que ofrecen el servicio de hospedaje como Airbnb, entre otras, como afirmó el diputado Luis Eduardo Rojas Zavaleta, presidente de la Comisión Permanente de Turismo.

Durante la presentación del dictamen en la sesión extraordinaria de hoy, el legislador local aseguró que para evitar la gentrificación y la sobreocupación en estas reformas se regula el número de propiedades destinadas al alquiler turístico y garantizar que se cumplan las normas de seguridad y habitabilidad.

Y que contemplan la creación de un portal en línea para facilitar el registro de las plataformas digitales y de los anfitriones, y que para garantizar la transparencia, se exige a las plataformas digitales que “tributen los impuestos correspondientes y que verifiquen la identidad de los anfitriones”.

Rojas Zavaleta también aseguró que con estas reformas a la Ley de Turismo de Oaxaca, las plataformas como Airbnb, Booking, Flipkey, Homestay, Kid & Coe y Oaxaca Booking Travell, entre otras, deberán registrarse en un portal en línea y firmar un convenio con la Secretaría de Finanzas para cumplir con sus obligaciones fiscales. “Las que no tributen correcta y oportunamente no podrán operar en el estado de Oaxaca”, dijo.

Según el diputado, el dictamen también establece que los propietarios de las viviendas que deseen alquilarlas deberán registrarse en el mismo portal, proporcionando información sobre la propiedad y obteniendo un certificado que acredite su registro. “Porque no queremos que grandes empresas pretendan rentar en esta modalidad edificios de departamentos completos haciéndose pasar por pequeños anfitriones”.

De igual manera, afirmó que se estipula que cada anfitrión podrá ofrecer un máximo de cinco unidades para renta con un periodo de ocupación no menor de tres días; que las plataformas digitales de hospedaje se abstendrán de ofertar inmuebles que no hayan realizado su registro en el padrón de anfitriones, entre otras.

“Con la instrumentación de esta reforma, el estado contará con un padrón integral y convenios con plataformas de hospedaje para garantizar una competencia equitativa en el pago de Impuesto Sobre la Renta (ISR) y otros impuestos aplicables. De esta manera, las plataformas contribuirán de manera similar a los hoteles, permitiendo a los municipios y sociedad planificar el crecimiento turístico de manera informada y ordenada”, sostuvo el diputado local.

Pero ninguna de estas afirmaciones está contenida de manera expresa y literal en las reformas aprobadas a la Ley General de Turismo, las cuales, según el dictamen, tienen el objetivo de “determinar los mecanismos para la conservación, mejoramiento, distinción, protección, defensa, promoción y aprovechamiento de los recursos y atractivos turísticos del estado, atendiendo el fenómeno de la gentrificación, preservando el patrimonio natural, cultural, artístico, tradicional, comunal, biocultural, usos y costumbres, saberes y sabores ancestrales y el equilibrio ecológico con base en los criterios determinados por las leyes en la materia, así como contribuir a la atractivos y productos turísticos, en apego al marco jurídico vigente”.

Otro de sus objetivos, de acuerdo al documento, es dictar bajo criterios de beneficio social, perspectiva de género, sustentabilidad, inclusión, originalidad, competitividad y desarrollo equilibrado del estado y de los municipios, a corto, mediano y largo plazo, las bases para la política, planeación y programación de actividad turística en Oaxaca.

Así como establecer la participación del Ejecutivo del Estado, de los Ayuntamientos y de los Consejos Municipales en el establecimiento y la operación de las Zonas de Desarrollo Turístico Sustentable; instrumentar políticas de apoyo y fomento al turismo con igualdad de género, así como libre de prejuicios y discriminación por identidad de género, expresión de género u orientación sexual.

Y establece que corresponde al gobierno del estado “desarrollar, dirigir, coordinar y organizar la ejecución de los programas de fomento y promoción turística para el desarrollo sustentable de la entidad, el Programa Local de Ordenamiento Turístico del Territorio, con la participación que corresponda a los Municipios respectivos y, políticas estructuradas para atender el fenómeno de la gentrificación”.

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